Corte Constitucional aprueba enmienda de Noboa

Corte Constitucional aprueba enmienda de Noboa


03 de marzo de 2026 • 19:42

3 minutos de lectura

Ma. Fernanda Avilés Loor

Ma. Fernanda Avilés Loor

Redacción ED.

La Corte Constitucional del Ecuador validó el 22 de enero de 2026 una de las cuatro enmiendas propuestas por el presidente Daniel Noboa y dos de las cuatro presentadas por el expresidente Lucio Gutiérrez, en Quito, al determinar qué cambios pueden tramitarse por la vía de enmienda constitucional.

La decisión se hizo pública el 3 de marzo de 2026, según el dictamen aprobado por el Pleno del máximo organismo de control constitucional. El fallo define qué reformas pueden avanzar hacia un eventual proceso en las urnas.

Enmienda sobre el Cpccs

La Corte autorizó el trámite por enmienda del traslado de la atribución de designar autoridades desde el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social hacia la Asamblea Nacional. Además, avaló la implementación de nuevos procedimientos de designación. El dictamen señala que esta propuesta puede seguir el procedimiento de enmienda previsto en la Constitución, lo que implica que el Ejecutivo podrá convocar a votación popular.

La resolución llega meses después del referéndum del 16 de noviembre de 2025, en el cual el Ejecutivo no obtuvo respaldo para convocar a una Asamblea Constituyente. La Corte precisó que solo esta iniciativa cumple los parámetros formales para tramitarse como enmienda.

Propuestas rechazadas de Noboa

El organismo descartó tres propuestas planteadas por Noboa. Primero, negó la creación de un registro de personas condenadas por delitos sexuales mediante enmienda. Segundo, rechazó adoptar una mayoría calificada en la Corte para declarar la inconstitucionalidad de decretos de estado de excepción, leyes y consultas populares de iniciativa presidencial.

La Corte argumentó que estas medidas restringen derechos y alteran la estructura fundamental de la Constitución. También rechazó incluir los delitos de extorsión, robo y receptación en el artículo 81, que regula procedimientos especiales para juzgar delitos contra personas en situación de vulnerabilidad. El dictamen señala que esa inclusión restringe derechos y no guarda relación con la protección reforzada prevista en esa norma constitucional.

Enmiendas impulsadas por Lucio Gutiérrez

La Corte analizó cuatro propuestas de Lucio Gutiérrez relacionadas con derechos políticos y organización legislativa. El organismo autorizó que se tramite por enmienda la disposición para que los movimientos políticos sean únicamente de carácter nacional. El texto aprobado establece que estas organizaciones deben contar con presencia en al menos el 50 % de las provincias del país.

También validó la reducción del número de asambleístas mediante el ajuste del número de habitantes requeridos para obtener un escaño adicional. Esta propuesta ya fue rechazada en consultas populares anteriores promovidas por Noboa y por el expresidente Guillermo Lasso. En cambio, la Corte negó eliminar la representación de circunscripciones especiales.

Además, rechazó subir la edad mínima para ser asambleísta a 25 años y crear nuevas prohibiciones para postularse. Tampoco permitió eliminar la suspensión de derechos políticos para personas con sentencia penal. El dictamen define el alcance del trámite legislativo y electoral que seguirá cada propuesta, y marca el marco jurídico para futuras reformas constitucionales en Ecuador.

Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *