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La Ley de Contratación Pública registra cambios sustanciales desde la tarde del miércoles 8 de abril de 2026, cuando el presidente Daniel Noboa emitió el Decreto Ejecutivo 356. El documento contiene trece artículos y una disposición derogatoria que modifican el Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. Las reformas se centran en tres grandes ejes: un régimen especial para el Banco Central del Ecuador, el fortalecimiento del control del Sercop y una nueva escala de sanciones para los proveedores del Estado.
Noboa justifica las reformas en la necesidad de “coadyuvar a la sostenibilidad del sistema monetario y financiero”, según consta en el decreto. Además, el mandatario señala ajustes en “los mecanismos de control y supervisión a cargo del Servicio Nacional de Contratación Pública (Sercop)” y en “la gradación de las sanciones aplicables por la comisión de infracciones”. Los cambios entran en vigencia con la publicación del documento oficial.
Régimen especial del Banco Central en la Ley de Contratación Pública
El decreto establece un catálogo específico de materias que el Banco Central del Ecuador (BCE) maneja bajo régimen especial para garantizar la estabilidad monetaria y financiera del país. Dentro de los servicios críticos se incluyen la custodia, el transporte de valores -nacional e internacional-, la acuñación de moneda y el refinamiento de oro. También la gestión bancaria abarca auditorías externas, sistemas especializados de banca central, gestión de reservas y prevención del lavado de activos.
En materia de contratación internacional, el BCE puede aplicar procedimientos de organismos internacionales o bancos centrales extranjeros, con autorización previa de la Procuraduría General del Estado. Asimismo, el máximo órgano del BCE tiene la facultad de declarar ciertos procesos como reservados o confidenciales, por lo que no aparecerán en el Portal de Contratación Pública. Esto protege operaciones sensibles para la economía nacional.
Sercop refuerza el control precontractual con la reforma
El Decreto Ejecutivo 356 modifica las reglas de competencia y responsabilidad de los funcionarios del Sercop dentro de la Ley de Contratación Pública. Se refuerza la supervisión en la fase precontractual mediante herramientas tecnológicas. Con esta medida, el Estado detecta irregularidades antes de la firma de los contratos y reduce el margen de discrecionalidad en las adjudicaciones.
Además, el decreto elimina las cláusulas que hacían perder la competencia al Sercop por el paso del tiempo. En su lugar, si un servidor no emite pronunciamientos dentro de los plazos establecidos, se inician acciones disciplinarias por negligencia o dolo, sin perjuicio de responsabilidades civiles o penales. Esto implica mayor responsabilidad personal para los funcionarios que dilaten los procesos de control.
Nuevas sanciones a proveedores bajo la Ley de Contratación Pública
La reforma incorpora una nueva sección que clasifica las sanciones de suspensión en el Registro Único de Proveedores (RUP) según la gravedad de la infracción y el monto del contrato. Para procesos de Subasta Inversa y Régimen Común o Especial, las infracciones leves implican suspensión de 60 días -181 en reincidencia- para montos menores a aproximadamente USD 50.000 o USD 72.000. Las infracciones graves conllevan 120 días de suspensión -270 en reincidencia- para montos intermedios.
Las infracciones muy graves generan suspensión de 180 días -360 en reincidencia- para montos superiores a USD 119.624 en Subasta Inversa o USD 279.472 en otros procesos. En paralelo, el decreto sanciona el mal uso del Portal de Contratación Pública: publicar información no relacionada implica 60 días de suspensión; la suplantación de identidad o el uso de información privilegiada, 120 días; y el acceso no autorizado, manipulación de datos o interferencia en el sistema, 180 días de suspensión del RUP.
Estabilidad monetaria, eje central de la reforma a la contratación pública
El presidente Noboa argumenta la necesidad de apoyar “la estabilidad del sistema monetario y financiero del país” como fundamento principal de los cambios al reglamento. El decreto busca blindar operaciones estratégicas del BCE frente a la exposición pública de información sensible. Así, el Ejecutivo combina transparencia en los procedimientos ordinarios con reserva en los procesos críticos para la economía nacional.
Los tres ejes del Decreto 356 -régimen del BCE, fortalecimiento del Sercop y nuevas sanciones- reconfiguran el marco de la Ley de Contratación Pública en Ecuador. Estas modificaciones afectan directamente a proveedores del Estado, entidades contratantes y funcionarios públicos. El Sercop deberá actualizar sus herramientas tecnológicas y protocolos internos para implementar los cambios dispuestos por el Ejecutivo desde este 8 de abril de 2026.





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